NORMAS COMPLEMENTARIAS AL CÓDIGO DEL CANARIO DE CANTO ESPAÑOL DISCONTINUO CONSENSUADAS POR LAS COMISIONES TÉCNICAS DE FOA Y FOCVA
Alfaz del Pi (Alicante), 24 de septiembre de 2011
1º Giros semicontinuos en el límite de la continuidad.
- El ejemplar no deberá poder optar a premio, en condiciones normales, y en observaciones anotaremos “cuidado con giro en el límite de la continuidad”, además penalizaremos en el apartado Precipitación según la gravedad de la falta.
- En caso de duda no descalificaremos, no pudiendo el ejemplar superar los 88 puntos totales una vez restada la correspondiente penalización, que en estos casos podrá llegar a los 3 puntos.
2º Giros de agua tipo brluurg blruurg.
- Si prima el sonido de agua y el giro se compone de 2 ó más sonidos emitidos con ritmo discontinuo, no se penalizará.
- Si el giro se compone de dos ó más sonidos con ritmo semicontinuo o de un único sonido de duración moderadamente alargada, aplicaremos la norma establecida para los giros semicontinuos en el límite de la continuidad.
3º Breves sonidos de aparente ritmo continuo incorporados en giros discontinuos:
- Adornos compuestos en los que se produce el efecto acústico de percibirse de fondo un breve sonido de ritmo continuo. Como norma general no penalizaremos.
- Incorporados como sílaba en adornos lentos polisilábicos. Como norma general no penalizaremos.
4º Sonidos de duración no breve y de aparente ritmo continuo incorporados en giros discontinuos o semicontinuos.
- Si el sonido de ritmo continuo es muy evidente: descalificación.
- En caso de duda procederemos como en el caso de los giros semicontinuos en el límite de la continuidad.
5º Llamadas:
En tanto no se modifique el Código las llamadas no se puntúan, por ese motivo las llamadas sueltas consistentes en un sonido continuo, tipo hembra (pirri, etc.), no supondrán motivo de descalificación. Tampoco serán motivo de penalización las llamadas sueltas cuando sean nasales o rascadas.
Si una llamada continua se enlaza una única vez con el canto a lo largo de todo el tiempo que dure el enjuiciamiento aplicaremos la norma de los giros semicontinuos en el límite de la continuidad. Si lo hace más de una vez descalificaremos al ejemplar.
En caso de llamadas nasales, rascadas o estridentes que se enlacen una única vez con el canto a lo largo de todo el tiempo que dure el enjuiciamiento marcaremos el aviso que corresponda. Si lo hace más de una vez aplicaremos la puntuación negativa que corresponda en atención a la gravedad del defecto.